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Revista Agropecuaria y Forestal APF 1(1): 33-40. 2012
Tabla3.Sumadepoliclorodibenzo-para-dioxinas (PCDD),policlorodibenzofuranos(PCDF)ypoliclorobifenilos
(
PCB) expresada en equivalentes tóxicos de la Organización Mundial de la Salud (EQT-WHO), utilizando
los factores de equivalencia de toxicidad de la misma organización (Reglamento (CE) Nº 199/2006, 2006;
Sección 5. Dioxinas)
Productos alimenticios
Contenido máximo
Suma de dioxinas y
furanos
(
EQT PCDD/F-WHO)
(
1
)
Contenido máximo
Suma de dioxinas, furanos
y PCB
(
EQT PCDD/F+PCB-WHO)
(
1
)
Carne y productos cárnicos
(
2
)
:
De rumiantes (bovinos y ovinos)
3.0
pg/g grasa
(
3
)
4.5
pg/g grasa
(
3
)
De aves de corral y caza de cría
2.0
pg/g grasa
(
3
)
4.0
pg/g grasa
(
3
)
De porcinos
1.0
pg/g grasa
(
3
)
1.5
pg/g grasa
(
3
)
Hígado y productos derivados procedentes de animales
terrestres
6.0
pg/g grasa
(
3
)
12.0
pg/g grasa
(
3
)
Carne de pescado y productos de la pesca y sus
productos derivados, excepto la anguila
(
4
) (
5
)
4.0
pg/g peso en fresco
8.0
pg/g peso en fresco
Carne de anguila (
Anguilla anguilla
)
y sus productos
4.0
pg/g peso en fresco 12.0 pg/g peso en fresco
Leche
(
6
)
y productos lácteos, incluida la grasa de
mantequilla
3.0
pg/g grasa
(
3
)
6.0
pg/g grasa
(
3
)
Huevos de gallina y ovoproductos
(
7
)
3.0
pg/g grasa
(
3
)
6.0
pg/g grasa
(
3
)
Materias grasas de origen animal:
De rumiantes
3.0
pg/g grasa
4.5
pg/g grasa
De aves de corral y caza de cría
2.0
pg/g grasa
4.0
pg/g grasa
De porcinos
1.0
pg/g grasa
1.5
pg/g grasa
Mezcla de grasas de origen animal
2.0
pg/g grasa
3.0
pg/g grasa
Materias grasas de origen vegetal
0.75
pg/g grasa
1.5
pg/g grasa
Aceite marino (aceite de pescado, aceite de hígado de
pescado y aceites procedentes de otros organismos
marinos destinados al consumo humano)
2.0
pg/g grasa
10.0
pg/g grasa
(
1
)
Concentraciones máximas: las concentraciones del límite superior se calculan dando por sentado que todos los
valores de los diferentes congéneres por debajo del límite de detección son iguales a este límite.
(
2
)
Carne de bovino, ovino, porcino, aves de corral y caza de cría conforme a la definición del anexo I del Reglamento
(
CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 139 de 30.4.2004, p. 22). Excluidos los despojos no
comestibles definidos en el mencionado anexo.
(
3
)
Los contenidos máximos no se aplican a los productos alimenticios con un contenido < 1 % de grasa; pg/g=
picogramo por gramo
(
4
)
Carne de pescado y productos de la pesca tal como se definen en las categorías a), b), c), e) y f) de la lista del
artículo 1 del Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo (DO L 17 de 21.1.2000, p. 22. Reglamento modificado por el
acta de adhesión de 2003). Los contenidos máximos se aplican a los crustáceos, excluida la carne oscura de cangrejo,
así como la carne de la cabeza y el tórax de la langosta y de crustáceos similares de gran tamaño (Nephropidae y
Palinuridae) y los cefalópodos sin vísceras.
(
5
)
Si el pez está destinado a ser consumido entero, el contenido máximo se aplicará al pez entero.
(
6
)
Leche (leche cruda, leche para la fabricación de productos lácteos y leche tratada térmicamente) tal como se define
en el anexo I del Reglamento (CE) nº 853/2004.
(
7
)
Huevos de gallina y ovoproductos, tal como se definen en el anexo I del Reglamento (CE) nº 853/2004.